¿Puedo presentar una demanda por la muerte por negligencia de mi hijo no nacido?

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¿Puedo presentar una demanda por la muerte por negligencia de mi hijo no nacido?

Collage de imágenes médicas de ultrasonido durante el embarazo de la mujer

Las leyes estatales varían cuando se trata de la muerte por negligencia de un niño no nacido. La mayoría de los estados reconocen como válidas las demandas por la muerte por negligencia de un niño no nacido, pero solo si el feto era viable en el momento de la muerte. Un feto se considera viable cuando puede sobrevivir fuera del útero, y la viabilidad suele comenzar a las 24 semanas de gestación. 

Florida se encuentra entre los 10 estados que no consideran al feto como una persona, independientemente de la etapa del embarazo en la que se encuentre la mujer. Esto significa que, si usted se lesionó mientras estaba embarazada y sus lesiones provocaron la pérdida de su hijo no nacido, probablemente no pueda presentar una demanda por muerte por negligencia.

¿Puedo reclamar daños y perjuicios si mi hijo murió en el útero?

Aunque Florida no reconoce las reclamaciones por muerte por negligencia de niños no nacidos, los padres pueden presentar una demanda. La ley de Florida percibe la muerte de un feto como una lesión física para la madre que estaba embarazada del niño, por lo que la madre puede reclamar daños y perjuicios por las lesiones físicas y emocionales causadas por la negligencia de otra persona.

El padre de un niño no nacido puede, técnicamente, presentar una reclamación, pero suele ser más difícil. Esto se debe a la “regla de daños consecuenciales” de Florida, que especifica que las lesiones emocionales de la persona deben provenir de sus propias lesiones personales. Si un padre no lesionado trata de obtener una compensación por daños y perjuicios no económicos, como la angustia emocional por la pérdida de su hijo no nacido, probablemente no tendrá un caso, ya que sus lesiones emocionales no son un resultado directo de las lesiones físicas que sufrió él mismo.

Cómo probar la culpa en un caso de lesiones personales en Florida

Para que se le conceda una compensación por daños y perjuicios, tendrá que demostrar que la negligencia de la parte responsable causó las lesiones que usted sufrió, incluida la interrupción de su embarazo. Los escenarios más comunes son:

  • Que la negligencia de un médico u otro personal médico durante el parto haya provocado el nacimiento de un bebé muerto
  • Que un medicamento recetado por un médico o una dosis errónea haya provocado un aborto
  • Que un conductor haya provocado un accidente de tráfico en el que la madre haya sufrido lesiones que hayan provocado un aborto
  • Que un propietario negligente haya provocado que la mujer embarazada resbalara y se cayera en su recinto
  • Que una madre haya sufrido lesiones por usar un producto defectuoso
  • Que la madre haya sido víctima de una agresión física

¿Puede recibir una compensación si es parcialmente culpable de sus lesiones?

Florida permite a los demandantes recibir compensación incluso si son parcialmente responsables de sus propias lesiones. Si una madre tuvo parte de la culpa en un accidente de tráfico y perdió a su hijo no nacido, podría recibir una compensación económica tanto por las lesiones físicas como por los daños y perjuicios emocionales.

Por ejemplo, si una madre recibió un choque trasero en su auto de noche, pero no tenía las luces traseras encendidas, podría ser considerada parcialmente responsable del choque. Cualquier compensación que reciba podría reducirse en función del porcentaje de culpa que comparta en el accidente.

Compensación que puede recibir en un caso de lesiones personales

El estado de Florida no limita la cantidad de compensación económica o no económica que puede recibir por sus lesiones.

La compensación económica se refiere a los gastos medibles y fácilmente verificables, como las facturas médicas pasadas y presentes, los salarios perdidos, la pérdida de empleo, los servicios de cuidados, la fisioterapia, etc.

La compensación no económica se basa en los daños y perjuicios subjetivos, no monetarios, como la angustia emocional, la depresión, el dolor físico o la pérdida conyugal. No son tan fáciles de dictaminar, pero pueden concederse si el demandante presenta pruebas suficientes.

En Florida existe un límite de 500.000 dólares para los daños punitivos. Los daños punitivos solo son una opción en los casos en que la persona que causó la lesión fue intencional o gravemente negligente. Los ejemplos más comunes de casos que conceden daños punitivos son aquellos de lesiones por conducción en estado de ebriedad o de muerte por negligencia.

¿Cómo se calculan los daños y perjuicios emocionales en Florida?

Hay un par de maneras diferentes de calcular los daños y perjuicios. El método de los multiplicadores implica una negociación entre el equipo jurídico del demandante y la compañía de seguros del demandado para determinar un multiplicador. El multiplicador puede ser entre 1,5 y 5. Los gastos médicos se multiplican entonces por esa cifra para determinar la compensación por daños y perjuicios.

El método de la tasa diaria consiste en determinar una tasa diaria adecuada para su dolor y, a continuación, multiplicarla por el número de días que ha experimentado el dolor. La tarifa diaria suele basarse en el salario diario del lesionado. Los salarios perdidos diarios son una forma conveniente de determinar una cifra correspondiente a lo que cada día de daños y perjuicios costó a la persona lesionada.